Ética Juridica y profesional

 

26 de octubre, 2008, Rafael del Rosal

Competencia y las profesiones

Artículo publicado por el autor en el suplemento jurídico del díario EXPANSIÓN del día 21 de octubre de 2008, en el que se somete a crítica el informe sobre la liberalización del mercado de los servicios profesionales hecho público por la Comisión Nacional de la Competencia en los primeros días del mes de septiembre del mismo año, en el que ataca de forma virulenta a los Colegios Profesionales y la colegiación obligatoria como barreras que impiden el libre desarrollo y crecimiento de dicho mercado.


No ha tenido suerte la Comisión Nacional de la Competencia –CNC- con el informe sobre las profesiones (EXPANSIÓN de 9/9/08), en el que cuestiona su regulación y la Institución Colegial. Su publicación fue a coincidir con el derrumbe del libérrimo mercado financiero global por sus pecados de avaricia y con la porfía unánime que levantó por su inmediata regulación.

Tampoco ha tenido acierto. Su ataque a los Colegios es una cadena de errores que comienzan por ignorar la naturaleza excepcional del mercado de los servicios profesionales, en el que se intercambian facultades exclusivas de disposición personal de quien los encarga, por artes y conocimientos que domina exclusivamente quien los presta de forma independiente y remunerada. De suerte que el profesional, solo logra vender sus servicios si consigue un plus de confianza ofreciendo un plus de garantía. Esta garantía no es otra cosa que la ética profesional y su observancia es lo primero que garantizan los Colegios con su competencia disciplinaria.

Lo que le hace ignorar la naturaleza radicalmente independiente de la actividad profesional frente a los poderes públicos, que esa independencia es su estatuto privilegiado y que su respeto por los poderes públicos es lo segundo que garantizan los Colegios con su competencia de amparo. Interés genuino de los colegiados que ataca el informe equivocadamente (punto 130), por cuanto también redunda en beneficio del usuario.

Como olvida el informe, que todo el sistema normativo e institucional de control y garantías descrito descansa sobre la autorregulación, conquistada por las profesiones durante los últimos quinientos años frente al poder público, mediante un pacto con el Estado que se renueva con cada ley de creación de un Colegio profesional. Broche de la independencia que genera el sistema de autorregulación de carácter fuerte, cuya complejidad se le antojan a la CNC paradojas (punto 171).

Para concluir con el error de identificar a los Colegios con las asociaciones (puntos 130,171) olvidando su deslinde constitucional y que los Colegios no resuelven un problema asociativo sino institucional de primer orden, al garantizar el adecuado funcionamiento del mercado profesional que, por sus singulares características, ya venía siendo intervenido por el poder público desde los albores de la Civitas. Y, por último, con el error de cuestionar la colegiación obligatoria, olvidando que las garantías disciplinarias y de amparo que prestan los Colegios son sinalagmáticas y solo se pueden realizar universal o colegiadamente.

Errores a los que se suman sus trampas. La primera, esconder las cifras comparativas sobre el abaratamiento interior y exterior experimentado por los servicios profesionales en sus desconocidos paraísos desregulados (puntos 66,188). La segunda, intentar dividir a las profesiones, distinguiendo Colegios con y sin justificación (puntos 118 a 123). Cuando es evidente que todos la tienen, porque su prestigio y fuerza como instancia de confianza e independencia los necesitan los profesionales para vender y los consumidores para comprar y porque ninguna actividad económica podrá prestarse en el futuro sin instituciones de control. Y la tercera, intentar enfrentar a los profesionales con sus Colegios, a los que critica por defender sus intereses (punto 128), mientras les promete más empleo con su desaparición (punto 186), como si el paro entre profesionales no viniera de la saturación de la oferta y no de las necesarias garantías de su acceso al mercado.

Los males del profesionalismo no están en la actual configuración del sistema colegial de autorregulación, sino en el retraso de una modernización que les permita cuanto antes realizar su función reguladora con eficacia, transparencia y responsabilidad, despojándose de forma definitiva de los últimos resabios de corporativismo que arrastra. Democratizando su funcionamiento, regulando sus funciones de amparo, mejorando la efectividad y transparencia de su actividad disciplinaria, evitando fugas a la regulación como las implantadas por la ley de sociedades profesionales y protegiendo penalmente, al fin, la colegiación obligada.

Flanco por el que, curiosamente, no ataca la CNC. Y es que eso sería fortalecer a los Colegios cuya disolución viene trabajando desde su informe de 1992 (punto 9), al considerarlos un competidor que cuestiona su monopolio en la regulación de tan singular mercado, como no logra esconder en su propio informe (punto 172).